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La Confederación Intersindical se une a la campaña por el Fin al Comercio de Armas con Israel

Desde la Confederación Intersindical nos unimos a la campaña por el Fin al Comercio de Armas con Israel, impulsada por la RESCOP y formada por más de 600 organizaciones de la sociedad civil, para pedir a los partidos políticos que estén a la altura ante la situación de asedio, ocupación y genocidio que está viviendo Palestina desde hace más de 77 años. Ayer el Congreso de los diputados debatió la convalidación de RLD 10/2025 por el que se adoptan medidas urgentes en relación con el genocidio que está sufriendo el pueblo palestino y que incluye limitaciones al comercio y tránsito del material militar con Israel. Hoy se vota la convalidación y la tramitación como PL del RDL. Exigimos a los partidos que VOTEN SÍ y que inicien el proceso de ENMIENDAS. Las medidas son insuficientes, pero son el primer paso que para forzar la ruptura total de relaciones con Israel.

Como bien hemos dicho, el Real Decreto Ley es absolutamente insuficiente, por lo que compartimos las aportaciones del centredelas y exigimos a los partidos políticos que, en el caso de prosperar este Real Decreto Ley, las tomen en consideración.

  1. El RDL supone un paso adelante que valoramos de forma positiva por ser el primero en la UE y recomendamos, que se apruebe y entre como Proyecto de Ley para introducir enmiendas de mejora. Tal y como defiende la Campaña #StopArmasConIsrael el embargo debería ser integral y este RDL no lo es.
  2. Se trata de un RDL insuficiente y mejorable que NO aborda el conjunto de las relaciones armamentísticas y militares que España tiene o pueda tener con Israel.
  3. Entre las deficiencias, el RDL no frena todas las transferencias entre ambos países, permitiendo que puedan seguir produciéndose en puertos operaciones de tránsito y transbordo, a través, por ejemplo, de operaciones que no piden autorización o de bases militares que quedan fuera.
  4. Las importaciones y exportaciones no se podrían producir ya de forma directa entre ambos países, pero nada impide que se produzcan a través de otros países de la UE, en forma de “introducciones” o “expediciones”. Tampoco incluye la producción en España de productos en filiales, bajo licencia, etc.
  5. Además, se corre el riesgo de que la aplicación de la excepción prevista en la disposición adicional primera de operaciones bajo el supuesto de “intereses generales nacionales” desvirtúe las medidas mínimas previstas en el RDL, que ya de por sí son limitadas e insuficientes.
  6. La expresión de intereses generales nacionales es un concepto especialmente amplio y ambiguo, que permite justificar prácticamente cualquier exclusión del embargo que decida establecer el Gobierno. Nada impide que se emplee de manera amplia, ya que es un supuesto de aplicación general.
  7. El RDL no establece una prohibición específica a la contratación pública o privada con empresas de la industria militar israelí, sus filiales o uniones de empresas en las que participa.

Por el Fin del comercio de armas 
Viva Plestina libre

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