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Inspección de Trabajo hace treinta y tres advertencias y un requerimiento a las empresas de reparto a domicilio

Confederación Intersindical presentó una denuncia el pasado mes de marzo por incumplimiento de la legislación de riesgos laborales.

La Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha contestado a la denuncia de la Confederación Intersindical sobre incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales de las empresas Deliveroo, Glover, Just Eat, Uber Eats y Amazon Flex, entre otras empresas que se dedican al reparto de productos a domicilio, especialmente en el sector de la hostelería.

La denuncia presentada por el Sindicato, el 27 de marzo de 2020, estaba motivada por no cumplir las empresas mencionadas en el artículo 17.2 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, al no proporcionar equipos de protección individual (EPI) -como guantes, gel desinfectante y mascarillas-, además de la formación adecuada sobre cómo proceder a realizar las entregas con total seguridad tanto para el repartidor como para el cliente, más allá de frases cortas con dibujos explicando lo mismo que hacen las autoridades públicas para toda la sociedad. Además, el Sindicato denunciaba que no existía ningún protocolo establecido por parte de estas empresas para que en los «partners» o restaurantes donde se realizan las recogidas de los pedidos se pueda estar a una distancia mínima de un metro de los otros repartidores poniendo una otra vez en riesgo su salud, así como tampoco hay un mínimo interés en saber cuáles son las condiciones de los restaurantes.

En la respuesta de la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se dice que se ha realizado una serie de visitas de inspección a los centros de trabajo de las empresas colaboradoras de las Plataformas denunciadas. Las inspecciones se han realizado entre los días 25 y 27 de abril, mediante visitas a 71 centros de trabajo y ulterior comprobación documental, habiendo participado un total de doce Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.

Durante el curso de las inspecciones han sido entrevistados 87 trabajadores con funciones de reparto de productos a domicilio (riders y repartidores), la mayoría de ellos trabajadores autónomos -falsos autónomos – por cuenta de las diferentes Plataformas.

Como consecuencia de las comprobaciones efectuadas, se han extendido treinta y tres advertencias y un requerimiento a las siguientes materias:

  1. Delimitación en los establecimientos visitados de zonas de recogida de los productos y señalización de advertencia.
  2. Mantenimiento de la distancia de seguridad entre los riders y los trabajadores de las empresas colaboradoras: entrega sin contacto de los productos.
  3. Entrega de medios de protección, tales como mascarillas, guantes y geles desinfectantes, cuando ello fuera preceptivo, y refuerzo de las medidas de higiene personal.
  4. Refuerzo de las obligaciones de información, instrucción y colaboración de las empresas colaboradoras con los riders y repartidores.
  5. Refuerzo de las medidas de limpieza de zonas de recogida y de equipos y utensilios de transporte de los productos.
  6. Advertencia general recordando a las Plataformas el cumplimiento de las medidas de prevención y protección que se deben seguir para estas respecto a los trabajadores de reparto.
  7. Actualización de las evaluaciones de riesgos de las empresas colaboradoras, en relación con las obligaciones de coordinación preventiva.

La Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social añade que «sin perjuicio de las medidas que se hayan adoptado o puedan adoptarse para las inspecciones provinciales, y teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, por la Dirección Especial se ha remitido a todas las Plataformas digitales un documento informativo sobre las medidas que deben ser reforzadas, a la vista de los informes evacuados por los inspectores e inspectoras de Trabajo y Seguridad Social actuantes”.

Finalmente, la Confederación Intersindical, que considera positiva esta actuación, pide a la Inspección de Trabajo que mantenga la vigilancia de todas estas empresas y las obligue a cumplir la normativa laboral y de seguridad y salud laboral para garantizar la salud y los derechos laborales de los riders y repartidores y evitar los contagios.

Secretariado de la Confederación Intersindical | 14 de mayo de 2020

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